22/5/10

Doscientos (22 de mayo, opina Lué)


Habló el obispo. Su discurso, como todos los pronunciados allí, debe reconstruirse por los testimonios pues no se recogieron versiones de los debates. Objetó la convocatoria, diciendo, según Saavedra, “que no había por qué hacer novedad con el virrey, y en el caso de quedar España subyugada los españoles que estuviesen en ella debían tomar su mando, que sólo cedería a manos de los hijos del país cuando ya no quedase un español en él"; según Mitre por testimonio de Vedia, “que mientras hubiese en España un pedazo de tierra mandado por españoles, ese pedazo de tierra (se refería a Cádiz) debía mandar a las Américas”, y solo después recaería en los españoles de América y finalmente en los americanos; para López –por tradición de Vicente López y Planes-, que “por las leyes del Reino, la soberanía residía en España y era privativa de los españoles, fuesen pocos o muchos”; un diario anónimo publicado por Marfany dice: “El obispo rompió el silencio… habló bastante como suele y concluyó en que si hubiese quedado un solo vocal de la Junta Central y arribase a nuestras playas lo deberíamos recibir como a la soberanía”. Algo semejante trae Saguí en sus recuerdos.

Era la doctrina del centralismo borbónico expuesta en su crudeza colonial: América pertenecía a España y debía gobernarse desde España, y a falta de España por españoles emigrados. No reparaba Lué que esa doctrina, no fundada precisamente en “las leyes del Reino” sino en la práctica administrativa de un siglo de borbones, acababa de ser abandonada por la Junta de Sevilla al fijar la igualdad de europeos y americanos al disponer que “América no era colonia”, y llamar diputados indianos para integrarla.
Algunos suponen que el prelado no pudo expresar tesis tan absurda, atribuyendo la versión de sus palabras a una interpretación errónea de Saavedra. Sin embargo, era la idea corriente del colonialismo español y el fundamento de la resistencia.

Rosa, José María. Historia Argentina, Buenos Aires, Editorial Oriente, 1981, tomo II (pp.180-181)

Acerca de José María Rosa (ver aquí)

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